Es un seguros de Vida para Empleados u Obreros sujetos a la Ley 4916 y que hayan cumplido cuatro (04) años de servicio en su empresa. Cabe resaltar que es potestad del Empleador asegurar a sus Empleados u Obreros a partir de los (3) tres meses de servicio.
Coberturas Básicas
Coberturas
Remuneraciones
Muerte Natural
16 Sueldos
Muerte Accidental
32 Sueldos
Invalidez Permanente
16 Sueldos
Requisitos
Empleados u Obreros sujetos a la Ley 4916 y que hayan cumplido cuatro (04) años de servicio en su empresa.
Cabe resaltar que es potestad del Empleador asegurar a sus Empleados u Obreros a partir de los (3) tres meses de servicio.
Asimismo, para solicitar el seguro deberá presentar los siguientes datos:
Nombre completo del trabajador, DNI, Fecha de Nacimiento, Fecha de ingreso al centro laboral, Monto del sueldo básico.
Riesgos Excluidos
1.
Suicidio.
2.
Guerra Internacional (Con o sin declaración) o Civil.
3.
El riesgo de aviación solo queda cubierto cuando el asegurado viaje como pasajero en transporte aéreo de servicio público oficialmente autorizado. En caso contrario, deberá pagar previamente la correspondiente extra prima.
4.
Participación en carreras o ensayos de velocidad.
5.
Participación directa o indirecta del asegurado en actos delictuosos.